Docentes en la primera línea de fumigación

Edición: 
1117

El Gobierno provincial avanza sin respiro en la capacitación a directivos de escuelas rurales para constituir en los establecimientos educativos las “unidades centinelas”. Esta figura, que les confiere a los maestros el rol de veedores se encuentra prevista en el decreto vigente que regula las aplicaciones de agrotóxicos alrededor de las escuelas. Las nuevas funciones de vigilancia son tibiamente resistidas por los trabajadores de la educación. Los docentes cuentan como alternativa dejar sentada su “abstención” a efectuar tareas que le son ajenas, mientras en el ámbito judicial se realizaron dos nuevas presentaciones ante la Corte Suprema de Justicia para que resuelva la queja por la vigencia de esta normativa.

 

Silvio Méndez

 

Luego de una intensa controversia judicial y política por las distancias mínimas para poder efectuar fumigaciones con agroquímicos en inmediaciones de escuelas rurales, el 28 de octubre de 2019, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) dejó firme la vigencia del decreto Nº 2.239/19. Con esta reglamentación, el Poder Ejecutivo estableció finalmente un límite de 500 metros para las pulverizaciones aéreas y 100 metros para las terrestres. La decisión de los magistrados representó un punto de inflexión en una dura disputa legal por establecer medidas precautorias para las comunidades educativas rurales –que en un fallo anterior la restricción había quedado en 1.000 y 3.000 metros–, pero lejos está de ser la última batalla vinculada con una problemática latente.

 

Por estos días, y a poco de finalizar 2020, el gobierno anunció el avance en la implementación del mencionado decreto 2.239, y que implica para su aplicación la instalación de las denominadas “unidades centinelas”. Esta figura creada en el instrumento normativo constituye a los directores de los establecimientos rurales como vigilantes de las prácticas agrícolas con pesticidas que se efectúen alrededor de las escuelas. Estas nuevas funciones y el carácter que revisten han sido motivo de dos nuevas presentaciones efectuadas en noviembre pasado por parte del Foro Ecologista Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Los escritos se suman a un recurso de queja ya planteado por las entidades ante el máximo tribunal de la Nación el 19 de febrero, justamente, por la decisión adoptada por el STJ en dejar vigente el decreto.

 

En el primero, del 16 de noviembre de 2020, se exponen los antecedentes en particular de lo que significa la implementación de las “unidades centinelas”, y en un segundo planteo ingresado el 20 de noviembre, se solicita el “urgente tratamiento” a la queja ya iniciada a principios de año.

 

En agosto del año pasado ya Agmer Uruguay se había manifestado en oposición al sistema de seguimiento de las aplicaciones de pesticidas del decreto 2.239. “¿Quién le garantiza la salud al momento de ejercer el control de la aplicación?”, se preguntaba en su momento. En esta línea, el planteo elevado a la Corte justamente señala el delicado panorama “al cual se expone al personal directivo de las escuelas rurales por parte del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos”, se indica en el escrito. Asimismo que esta instancia de vigilancia expone “a los directivos de dichos establecimientos a groseras violaciones a numerosas disposiciones de índole constitucional y legal, ya que estos trabajadores resultan víctimas afectadas por el simple hecho de ser seres humanos expuestos en su salud a estos venenos, en su calidad de trabajadores de estas escuelas, quienes hoy resultan revictimizadas por el decreto  en cuestión que les recarga de una labor ajena a su profesión y razón del vínculo laboral, cuando en realidad debió protegerlos y alejarlos de dicha exposición”.

 

En el pedido a la Corte se concluye que la tarea de centinelas de los maestros “nada tiene que ver con el desempeño de su función, con su formación y vocación”. Se los obliga “a exponerse a un contralor y vigilancia del cumplimiento de disposiciones que le son absolutamente ajenas, que desconocen por completo y que como si esto fuera poco se las obliga a asumir un grave peligro en su salud y en su vida”, porque “un docente está para enseñar, jamás para controlar las buenas prácticas agrícolas y la aplicación de fitosanitarios con carácter de inspector o veedor de su correcta instrumentación. La normativa que cuestionamos, representa sin dudas, una regulación hondamente regresiva  de derechos humanos. Imaginemos las violaciones a derechos laborales que conlleva esta función de centinela, la vulneración a la integridad física, a la vida y a la salud de estas trabajadoras, que se verán expuestas a un riesgo ajeno a su actividad, el cual no ameritaría ni siquiera cobertura por el sistema de riesgos del trabajo”.

 

(La nota completa en la edición 1117 de la revista ANALISIS del jueves 17 de diciembre de 2020)

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