La deriva del glifosato rumbo a la Corte

Edición: 
1090
Pulseada con final abierto

Silvio Méndez

No tenía de por sí la obligación de hacerlo. Más teniendo en cuenta que tanto en la Cámara Civil II Sala Segunda y en la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) ya cosechó dos reveses judiciales. Pero con el conato de una marcha con piquete de las entidades rurales a Casa de Gobierno y una clara definición política respecto de la problemática esbozada por el secretario de la Producción, el Gobierno entrerriano decidió porfiar en sus pretensiones de ir a la Corte Suprema de Justicia. En esa instancia, si lo habilitan, aspira a dar vuelta el amparo que protege a las comunidades de las escuelas rurales de las fumigaciones con agrotóxicos y lo obliga a una serie de medidas de protección de los establecimientos educativos.

Los hechos, con alto impacto político y social, se fueron desencadenando cada vez más vertiginosamente. El último capítulo refiere a que este 14 de noviembre la Fiscalía de Estado efectuó un planteo ante la Sala Penal y de Recursos Constitucionales del STJ. Se trata de un pedido de recurso extraordinario para que se le habilite acceder a la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que en esta instancia se resuelva la controversia por la limitaciones a las fumigaciones alrededor de las escuelas rurales impuestas por la justicia entrerriana. La prohibición rige en un radio de 1.000 metros en caso de efectuarse en forma terrestre y en 3.000 metros si se realizan pulverizaciones aéreas.

Ahora, a partir de la fecha de esta presentación, el STJ tiene 45 días para expedirse. En tanto las demandantes, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) y el Foro Ecologista Paraná, pueden contestar el traslado en 10 días.

Con la solicitud suscripta por el fiscal de Estado Adjunto, Sebastián Miguel Trinadori, también se pidió que se ejecuten efectos suspensivos sobre el amparo según una regla que se adopta como jurisprudencia. Pero según puso saber ANÁLISIS, Agmer y el Foro pedirán que se conceda el recurso pero “con efecto devolutivo”, es decir que no suspende la medida restrictiva de las fumigaciones en torno a instituciones educativas rurales. Los fundamentos para este pedido se basan en las características de la acción promovida en la cual se esgrime “el interés superior de los niños y niñas”, y que de otorgarse “desnaturalizaría la acción de amparo”.

La organización ambientalista también realizó una advertencia respecto al recurso extraordinario federal interpuesto por la Provincia y aclaró que “aún no está concedido por el STJ, que puede negarlo o concederlo”. Este alerta fue emitido a raíz de una comunicación interna en la cual Trinadori le informa de las diligencias judiciales al secretario de la Producción, Álvaro Gabás.

“Advertimos que el fallo está vigente, de lo contrario se vulnerarían gravemente el interés superior del niño, derechos humanos fundamentales y se desvirtuaría el carácter de urgente de la acción de amparo instaurada”, señalaron desde el Foro al tiempo que condenaron como “irresponsables las afirmaciones que circulan por parte de la Fiscalía de Estado”.

(Más información en la edición gráfica número 1090 de la revista ANALISIS del jueves 22 de noviembre de 2018)

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