Cisma legislativo con el glifosato en el banquillo

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1082
Prohibieron un cuestionado pesticida y estallaron los conflictos de intereses

Silvio Méndez

Por enésima vez, el 8 de mayo pasado, en la Cámara Baja provincial se frustró el tratamiento de una Ley de Agroquímicos para Entre Ríos. Fue uno de los tantos intentos para reemplazar la antigua Ley de Plaguicidas Nº 6.559 que data del año 1980. Atrás quedó una media sanción del Senado de fines de diciembre de 2017 y el trabajo, de idas y vueltas entre otros temas trascedentes que siguen pendientes, que llevó a cabo una Comisión Bicameral conformada en junio de 2016.

Mientras tanto, en Gualeguaychú, con la prohibición por ordenanza del glifosato comenzó a gestarse una inadvertida controversia de efectos desconocidos. De la mano de una política local de preservación de la salud y el ambiente se le ha puesto coto al polémico pesticida de uso extendido y con ello comenzó una batalla judicial. La disputa apela a jurisdicciones y alcances de las normativas, y pone en evidencia la falta de legislación de los derechos amparados por la reformada Constitución de Entre Ríos de 2008.

A pedido de ANÁLISIS, reconocidos abogados y ambientalistas plantearon desde su punto de vista lo que efectivamente puso en discusión el resonante caso.
Para comenzar, la historia que puede transformar el paradigma legislativo en la provincia cabe resumirse de este modo: en abril de este año, el Concejo Deliberante de Gualeguaychú sancionó una ordenanza que prohíbe la venta, comercialización y acopio del glifosato o sus variantes dentro del ejido de esa ciudad. La disposición sumó el respaldo de los concejales del Frente para la Victoria y del bloque UNA. En tanto, la norma denominada “Glifosato Cero” no contó con el voto de los ediles de Cambiemos. La decisión del parlamento local levantó un gran revuelo en organizaciones rurales y representantes del negocio de pesticidas. El impacto tuvo su respuesta en un pedido de inconstitucionalidad contra la Municipalidad que presentaron las firmas Agro Gestión del Litoral SA, Agro-Soluciones Gualeguaychú SRL, Agro Synergía SA, Angelini SRL, Lartirigoyen y Compañía SA y Los Grobo Agropecuaria.

Esta solitud tuvo eco en el juez federal subrogante de Concepción del Uruguay Pablo Andrés Seró, quien el 10 de julio pasado hizo lugar a la medida cautelar presentada por comerciantes de agroquímicos. El magistrado ordenó la suspensión provisoria de los efectos de la ordenanza N° 12.216 y de ese modo habilitó nuevamente la venta de Glifosato en Gualeguaychú hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión, es decir, el planteo de inconstitucionalidad de la legislación promovido por los vendedores de insumos agropecuarios.

Inmediatamente después de que trascendió la resolución de Seró, la fiscal Federal Josefina Minatta presentó un recurso de apelación a la medida dictada por el juez para que la misma sea revisada y, en caso de que mantenga su fallo, éste sea considerado por la Cámara Federal de Apelaciones. Asimismo, el municipio pidió que la causa pase a la órbita de los tribunales provinciales. Esta solicitud tal vez sea central para dirimir la controversia.

Asimismo, la fiscal Minatta en sus considerando aludió al derecho de los municipios a legislar sobre la cuestión y que el juez debe aportar algo más que “afirmaciones genéricas” para quebrar esa competencia que surge de la Constitución Provincial y del Régimen Municipal.

Luego de esta actuaciones, el 20 de julio, el juez provincial de feria con competencia Civil y Comercial de Gualeguaychú, Eduardo Ferreyra, emitió una resolución con la que instó a su par federal, Pablo Andrés Seró, para que “se inhiba de seguir actuando” en la causa en la cual seis empresas pidieron que se declare la inconstitucionalidad de la ordenanza que prohibió el acopio, distribución, venta y aplicación de glifosato en el ejido municipal. El fallo confirma autonomía municipal para legislar en materia ambiental y le plantea a Seró que “se inhiba de seguir actuando en los autos mencionados”, entendiendo que no son de su competencia asuntos que deben resolverse en el ámbito local.

(Más información en la edición gráfica número 1082 de la revista ANALISIS del jueves 26 de julio de 2018)

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