Por la puerta de atrás

Edición: 
901
Defensor del Pueblo

Federico Malvasio

Quien gobierne a partir de 2011 lo hará con un Defensor del Pueblo. Al menos ésa es la expectativa de algunos de los aspirantes a ese cargo. La creación del instituto es fruto de la nueva Constitución. Se trata de una figura de relevancia que puede llegar a complicarle la vida al Poder Ejecutivo, siempre que se garantice la independencia que requiere el organismo.

El proceso cumplió su primera etapa sin la relevancia pública que supo tener cuando se vendió su creación como uno de los avances fundamentales para la vida democrática. El defensor tendrá a su cargo “la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en el ordenamiento jurídico”.

La forma de elegir el Ombudsman fue pensada sobre la base de acuerdos políticos, ya que la ley reglamentaria, la Nº 9.931, previó que la postulación de candidatos se realice sólo a través de la bendición de un legislador, con lo cual no hubo ni petitorios ni acciones de organizaciones sociales motorizando candidatos. El mecanismo obstruye la participación ciudadana acotándolo a un sistema peronista – parlamentario, si se mira la correlación de fuerzas en la Legislatura.

El escenario político, en rigor la mutante interna peronista, abrió un abanico de posibilidades. Desde el bustismo se barajaron algunos nombres pero nunca una bendición certera. Por el lado del gobernador es más dificultoso dilucidar sus intereses. El hombre sólo habla de “gestión” y de “proyecto popular”. La palabra “candidato” no está en su diccionario, parece.

La forma por la que se elegirá el Defensor del Pueblo se asemeja en gran medida al procedimiento por el que se designaba a funcionarios judiciales antes de que existiera el Consejo de la Magistratura. Entiéndase por esto la mera intervención del poder político. El organismo asesor para la selección de magistrados -como se sabe- establece un proceso configurado en tres etapas: antecedentes, oposición y audiencia pública. En la primera se califica el currículum mediante una tabla de puntaje, en la segunda se le toma al candidato un examen y en la tercera se deja a los representantes de los diferentes estamentos sociales que indaguen sobre el perfil de quien aspira al cargo. Con el Defensor del Pueblo se vuelve al viejo sistema de elección de jueces: el aspirante pone a consideración sus antecedentes y avales para luego presentarse ante la Comisión Bicameral. No hay vectores para la valoración de los antecedentes y diferenciar, por caso, un postgrado en la Universidad de Oslo sobre medio ambiente con una disertación en el Instituto Lebensohn en el que se aborde la bisagra histórica de la Revolución del Parque. El actual sistema de selección de jueces sólo se emparenta con el del Defensor del Pueblo en la forma de remoción a través de un juicio político.

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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