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Silencio del STJ ante un pedido de información pública y transparencia

Oscar Londero
(especial para ANALISIS)

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos se resiste a informar si cuenta con un registro de declaraciones juradas patrimoniales. Se trata de una obligación impuesta por una ley vigente desde 1953. El alto cuerpo lleva cinco meses sin responder a un pedido de acceso a información pública. La solicitud está en el despacho de su presidente, Daniel Carubia -uno de los primeros hombres del poder entrerriano en jurar la nueva Constitución Provincial-, que en el 2005 también se negó a responder a una consulta ciudadana. La actitud no se condice con los discursos que pregonan transparencia, ética pública y rendición de cuentas por parte de los funcionarios. Y difiere con lo que sucede con la Justicia a nivel nacional, que de a poco va corriendo el velo sobre el patrimonio de magistrados y funcionarios.

En Entre Ríos rige una norma que desde 1953 obliga a los funcionarios públicos de los tres poderes del Estado a presentar su declaración jurada patrimonial. Sin embargo, el Poder Judicial se niega a informar sobre la existencia de un registro que confirme el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 3.886. Así se desprende de la falta de respuesta a un pedido de acceso a información pública formulado al presidente del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Daniel Carubia, una de las primeras autoridades de la provincia que juró respetar la nueva Constitución de Entre Ríos. La petición quedó registrada con la carátula L 5877 y fue presentada en la Contaduría General del alto cuerpo el 8 de mayo pasado (ver facsímil que acompaña este artículo).

Desde el día siguiente el expediente “Londero, Oscar s/eleva solicitud” permanece en el despacho del titular del alto cuerpo. Y cada vez que se consulta por el trámite, en la Oficina de Personal del STJ se contesta lo mismo: que está a consideración de la Presidencia. La primera respuesta de ese tipo fue brindada el 22 de mayo pasado y fue semejante a la ensayada ocho días más tarde. También se dijo lo mismo el 27 de junio, el 3 de julio, el 11 de julio y el 20 de agosto, una vez terminada la feria invernal.

El martes último, habiendo transcurrido 102 hábiles desde la presentación del pedido de información pública, en la Oficina de Personal se volvió a brindar idéntica respuesta: que había que seguir esperando.

Pese a que en la presentación se fijó un domicilio para notificaciones, una cuenta de correo electrónico y tres números telefónicos –dos fijos y otro móvil- jamás se informó sobre novedad alguna. Desde la Oficina de Prensa del Poder Judicial se llamó el 6 de junio pasado para invitar a un brindis con motivo del Día del Periodista, ocasión que fue aprovechada para indicar lo que ya se sabía: que el expediente seguía su curso y estaba a consideración de la Presidencia.

Su pregunta no molesta

Ante la falta de una ley que en Entre Ríos reglamente el acceso a la información pública en los tres poderes del Estado, para formular la solicitud ante Carubia fueron invocados los artículos 1, 14 y 75 inc. 22) de la Constitución Nacional; el 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos; el 19 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos; y el 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Todos reconocen el acceso a la información pública, al que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) calificó como un derecho humano fundamental en septiembre de 2006. Fue a través de la sentencia en el caso “Claude Reyes vs Chile”, que significó la primera condena a un Estado por negar el acceso a información pública, sentando así un precedente insoslayable en todo el continente americano.

A través del escrito dirigido al titular del STJ se manifestó “el interés en acceder al listado de magistrados y funcionarios del Poder Judicial de Entre Ríos que hayan presentado su declaración jurada patrimonial conforme lo establece la Ley 3.886”.

Esa norma, en su artículo tercero, establece textualmente: “El Poder Judicial organizará el respectivo Registro de acuerdo a los principios instituidos en la presente”. Y fue el argumento invocado desde la Contaduría General de la Provincia para disculparse por no poder informar si entre las declaraciones juradas bajo su registro y custodia, conforme lo impone la Ley 3.886, se encuentran las de magistrados y funcionarios de la Justicia entrerriana.

Así lo indicó Adriana Noé, titular de la Contaduría, el 11 de abril pasado. A través de la Nota 361/08, que sirvió de respuesta a un pedido de información pública sobre la presentación de las declaraciones juradas patrimoniales de funcionarios públicos, la funcionaria recordó que la labor de su dependencia en ese tema “no abarca al Poder Judicial”.

Eso obligó a orientar la búsqueda de información hacia Tribunales. Y si bien el pedido estuvo dirigido a Carubia como presidente del STJ, la solicitud ingresó por la Contaduría del alto cuerpo, que está ubicada en el segundo piso del edificio, al igual que la Oficina de Personal y la Presidencia.

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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