Se buscan testigos

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Sistema de pago de recompensas

Federico Malvasio

Un proyecto de ley presume la intromisión del Poder Ejecutivo en el Judicial. A través de un sistema de pago de recompensas, el Ministerio de Gobierno pasaría a manejar una caja capaz de manipular los procesos penales. Desde Casa de Gobierno se elegiría a quién pagarle por dar su testimonio. ¿Cómo analizar el valor de un testigo sin tener noción de la causa? Ésta es una de las preguntas que la iniciativa de Jorge Busti no aclara.

“¡WANTED, $ 100.000!” La leyenda, impresa junto a la foto de un buscado, bien puede rememorar una serie televisiva del lejano oeste. Pero también puede aludir a ciertas herramientas procesales que se impulsan en Entre Ríos. Un afiche en la vía pública y un Estado a la pesca de testigos ante una causa resonante. El proyecto de ley del presidente de la Cámara de Diputados, Jorge Busti, deja flancos que pueden dar lugar a las más diversas interpretaciones y, por qué no, a trampas que beneficien a unos y perjudiquen a otros. En esta provincia, como en otras, ya hubo ensayos sobre el pago de recompensas. El resultado, según abogados, no fue bueno.

En el artículo 1º de la iniciativa se lee que es el ministro de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos de la provincia el autorizado para pagar hasta la suma de 100.000 pesos a aquellas personas que, “sin tener intervención criminal alguna en el delito del que se trate, aporten al proceso penal información relevante sobre el ilícito en curso de investigación, sea que los datos de conocimiento incorporados permitan la captura de los autores o partícipes que se encuentran fugados o en situación de rebeldía”. En el artículo 2º se enumeran los delitos a los cuales se aplicaría la ley: homicidio simple; homicidio calificado; ilícitos penales contra la integridad sexual; privación ilegal de la libertad calificada; imposición de torturas; sustracción de menores; y secuestro extorsivo.

Utilitarismo

En los fundamentos, el autor señala que la impunidad genera “una reacción social que dirige el dolor de las víctimas contra las instituciones penales” cuando éstas no dilucidan quiénes fueron los autores y partícipes del hecho criminal. De ahí se podría decir que nace la posibilidad de que a través de una remuneración, el testigo se anime a dar su testimonio para acelerar el proceso. Abogados del fuero penal consultados por ANALISIS remiten a ejemplos y coinciden en que, por el contrario, mediante este tipo de estimulación las causas se han retrasado notoriamente.

“Es contraproducente el pago de recompensas. En el caso de Fernanda Aguirre se presentaron un montón de testigos que declararon cualquier cosa, y esto no hizo otra cosa que atrasar la causa”, recordó uno de ellos. Al respecto aludieron también a varios ejemplos a nivel nacional.

Las causas resonantes han hecho de los métodos de motivación para que un testigo preste su testimonio, entre otras cosas, un aporte que atenta a la calidad de ciudadano. Se ha desvalorizado la obligación moral y ética que cada uno tiene de denunciar en caso de que conozca la existencia de un delito.

Uno de los consultados aludió al sistema judicial norteamericano. “Este proyecto es una expresión cabal de lo que es el utilitarismo norteamericano”, definió. Y agregó: “Este tipo de iniciativas, al estilo yanqui, forma parte de una ideología muy pragmática: con plata arreglamos todo y vamos a conmover a aquellos que no quieren hablar”.

Las enunciaciones de los abogados que hablaron con este semanario aludieron también en reiteradas oportunidades a la desnaturalización del sistema judicial. Es decir, que en un estado de derecho, el testigo, como ciudadano que es, debe tener las garantías suficientes para prestar testimonio o denunciar lo que sabe y no que el aporte a una causa lo ponga en una lista de “perseguidos” y menos aún en merecedor de un premio.

“Industria tripartita”

El texto del proyecto redunda en superficialidades y carece de explicaciones en puntos clave respecto a la aplicación de la norma. El pago de la recompensa no sólo está a cargo del Ministerio de Gobierno, sino que en su artículo 5º aclara que el mismo ministerio es el que deberá disponer el pago mediante “resolución fundada cuando, a su juicio, la declaración del testigo implique algún riesgo para su vida o integridad física, o la de los integrantes de su grupo familiar”.

Siempre “según el tipo de delito del que se trate y la modalidad de su comisión”. Que los fondos salgan del Poder Ejecutivo y se ejecuten a través del Ministerio de Gobierno no tiene por qué ser objetable. Ahora, que sea el ministerio quien tenga la función de fundamentar y decidir a “su juicio” a quién se le paga y quién es merecedor del dinero por haber aportado datos relevantes a la causa es, al menos, discutible. ¿Quién decide sobre la necesidad de pedirle al Ministerio de Gobierno el otorgamiento de una recompensa a un testigo?

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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