La obscenidad necesita corrección

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Las remuneraciones de los convencionales constituyentes

Américo Schvartzman

Las remuneraciones de los funcionarios políticos, electivos o no, es habitualmente un tema tabú en nuestra sociedad. Esto no debería ser así. En una sociedad democrática, como muchos asuntos, una decisión de ese tipo también deberíamos tomarla entre todos. Por ello es que presentamos un proyecto en el marco de la reforma de la Constitución Provincial, precisamente para que a partir de la sanción las cosas sean diferentes.

Vamos por partes: en primer lugar, la remuneración de los convencionales no la fija la Convención Constituyente, sino la propia Constitución, cuando dice en su artículo 221 que los representantes que reformarán la Carta Magna “gozarán de las mismas inmunidades y remuneración que los diputados provinciales”. A la vez, vale aclarar que los diputados suelen cobrar lo mismo (o incluso menos) que los senadores provinciales. Es decir que la suma que hoy espanta a todo aquel que vive de un sueldo (y que los convencionales cobrarán durante los seis meses que dure el proceso de reforma) es lo que cada diputado y senador percibe y seguirá percibiendo durante los próximos cuatro años. (Una digresión, de paso: gracias a esto pudimos enterarnos de cuánto gana un representante del pueblo. Hasta entonces, era prácticamente imposible acceder a esa información, de lo que puedo dar fe por mi labor periodística).

No serán 18.000, según aclaran los convencionales del oficialismo, sino bastante menos (12.959, según la planilla aprobada). Cada convencional explicará seguramente que otro porcentaje se descuenta como aporte partidario, o que donará una parte a entidades de bien público; algún otro tendrá fundadas razones para utilizar esos fondos en la actividad partidaria, con la convicción de que así impulsa cambios; otro privilegiará otro tipo de cambio, el del modelo de su automóvil o su casa; en fin, cada uno podrá dar cuenta de cómo utilizará tan importante suma. En el sentido inverso, otros añaden a la remuneración los contratos para asesoramiento, con lo cual hacen trepar la cifra hasta la cantidad astronómica de 28.000 (aquel que en efecto lo hiciera, estaría además malversando fondos…). ¿Qué importancia tienen esas elucubraciones, en realidad? Para quien percibe el sueldo básico de 1.102,32 en la administración pública, la cifra sigue siendo obscena e inalcanzable, así no llegara a los 10.000 pesos.

Algunos de los que hacemos política desde hace más de dos décadas estamos en esta pelea por razones bien diferentes que las dinerarias, por más que sea difícil de entender por parte de quienes miden vidas en monedas y daños ambientales en penalizaciones pecuniarias. Quienes integramos el Partido Socialista no permanecemos impávidos ante esta situación: siempre hemos planteado la necesidad de la austeridad y la transparencia. Ahora tenemos la posibilidad de convertir esa convicción en un cambio institucional, porque como Carlos Sánchez Viamonte, “creemos, porque no es posible corregir a los hombres, que conviene corregir a las instituciones”.

Por esa razón elaboramos un proyecto de texto para incluir en nuestra Carta Magna, que ya está presentado formalmente y que pretende dar una respuesta a este asunto, estableciendo dos cuestiones principales:

-Primero: el sueldo del gobernador o gobernadora de la provincia como tope de la administración pública. Es decir, que nadie en ninguno de los tres poderes del Estado, pueda ganar más que quien dirige los destinos del Ejecutivo.

-Segundo: que su sueldo no pueda ser mayor a 10 (diez) sueldos básicos del agente de menor categoría de la administración pública. Con lo cual, en la actualidad, nadie podría ganar más de 11.023 pesos en los tres poderes en la provincia.

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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