Y les llaman honorarios

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Con la Ley de Aranceles de abogados muchas veces el que gana un juicio termina perdiendo

Jorge Riani

Una buena Ley de Aranceles y un contexto de conflictos y crisis es el abono ideal en el que germina la industria de la demanda. La Ley 7.046, que regula el modo de fijar los honorarios de los abogados entrerrianos, es envidiada por los profesionales de otras provincias. Apenas nacida la democracia en 1983, la corporación de los hombres de leyes logró la aprobación de una norma que les reservó un lugar de privilegio. Cuanto más se dificulta una causa, mayores serán los honorarios, y esto explica el desmedido enriquecimiento de algunos estudios jurídicos en tiempos de crisis. El privilegio del cobro ante el cliente y ante el propio Estado provincial, el carácter de derecho alimentario que tiene lo que se fija como pago, el interés común de quienes saben de leyes, dejan -en muchos casos- desprotegidos a quienes van a los tribunales en busca de justicia. Por esto mismo, no son pocos los casos donde un demandante gana un juicio, pero todo lo que se consigue en dinero es para su representante. De eso habla esta crónica de la injusticia legal.

Se encuentran dos abogados, después de una larga jornada de viernes y, ya con la corbata floja, uno le dice al otro:
–¡Vamos a tomar algo!
–¿De quién?

Los chistes son una caricatura de la realidad, una chanza jocosa con la que describir una situación que, fuera del humor, tiene poco y nada de agradable.

En la provincia de Entre Ríos rige desde 1983 la Ley 7.046, que regula el método para fijar los aranceles de abogados. Se trata del instrumento legal nacido tempranamente durante el período de Estado de Derecho, con el que los abogados mejoraron notablemente su situación económica y escalaron posiciones en el ecosistema económico donde -como en los textos de Ciencias Naturales- hay predadores de diversos grados y hay quienes se ubican al final de la cadena. En el texto de la ley se sumaron ítems que cada juez debe tomar en cuenta al momento de fijar los honorarios de los abogados que participan en un juicio, y esos puntos no hacen más que sumar cifras de dinero que habrán de ir a engrosar la paga al profesional.

No son pocos los casos en los que una persona que inicia un juicio y lo gana, nunca ve un solo peso de lo que le corresponde, mientras que su abogado cobra como si ya la cuenta de su cliente hubiese sido atendida según la sentencia.

“Hay que dejar de ser hipócritas y decirlo de una buena vez: la Ley de Aranceles es una carnicería”, dijo un abogado a ANALISIS a partir de la consulta de un caso particular.

El hecho se dio más o menos del siguiente modo: una persona sufrió un accidente de trabajo, y la empresa debió responder por la afección que su empleado debe padecer por el resto de su vida. La sentencia dice que la mediana firma comercial debe pagarle la suma de 175.000 pesos al empleado perjudicado, de los cuales 35.000 le corresponderán al abogado por un pacto de cuota litis (acordado entre cliente y apoderado). Pero al margen del acuerdo privado, el juez fija los honorarios en otros 35.000 pesos, porque la suma de instancias aumentó la paga al abogado. En total, el apoderado del pobre hombre se hará del 40 por ciento de lo que hay en juego. Pero el problema comienza cuando hay que efectivizar la sentencia. La empresa -a esa altura ya desaparecida- transita por cuantos recovecos sugieren los especialistas para dilatar los tiempos y las expectativas contrarias. Frente a esa situación, se llega a la instancia de la subasta de una propiedad que logra convertirse en dinero constante y sonante: 55.000 pesos. Entonces, el abogado de quien ganó el juicio -a esa altura ya abogado de sí mismo ante su cliente- pide que se cumpla con la Ley 7.046, y que se transfiera la totalidad del dinero a su cuenta. Y así se hace.

El hombre, enfermo pero triunfante ante la Justicia, se queda con la razón pero sin el dinero. Su abogado se muestra exultante por el triunfo judicial y le pide a su cliente que tenga paciencia, que en cualquier momento puede cobrar algún dinero de sus condenados ex empleadores. El ganador del juicio sabe que eso nunca ocurrirá, y ahora divide su odio en dos destinatarios.

Privilegiados por ley

“La Ley 7.046 nos convierte a los abogados en unos verdaderos privilegiados. De hecho, se habla de privilegios al momento de establecer el orden de pago: quien primero cobra es el abogado, incluso con prioridad ante el Estado provincial”, dijo el titular de un conocido estudio jurídico de la ciudad de Paraná ante una consulta de este semanario.

Una consulta lanzada entre algunos abogados arroja como resultado una respuesta similar: no hay posibilidad de que la ley sea modificada, porque están en juego los intereses de una corporación de la que casi todos los políticos profesionales forman parte y de la que gozan al volver al llano.

“Ésta fue una ley hecha por los abogados”, dice un profesional con un librito de tapas verdes donde se lee: Ley 7.046 de Aranceles de Abogados y Procuradores. Provincia de Entre Ríos - Año 1983. Se hizo durante el primer gobierno de Sergio Montiel, y fue de las primeras normas de la democracia que hizo considerablemente más ricos a no pocos abogados entrerrianos.

En cualquier parte del mundo, como en Estados Unidos, se envidia el modo en que los abogados argentinos tienen asegurado su pago, cualquiera sea el resultado del juicio en el que participan como apoderados. “En otros países, si el abogado no gana, no cobra, pero acá es diferente: siempre gana. Ocurre que un abogado no da garantía del resultado final, pero promete obrar de manera diligente para llegar al éxito esperado; en cuanto a la cuestión contractual entre cliente y abogado, es como un contrato de obra: se debe pagar por el trabajo realizado, independientemente del resultado”, dijo un entrevistado.

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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