Asegurarse no es estar seguro

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Sorpresivo fallo de la Justicia provincial impacta en el país

Daniel Tirso Fiorotto
(especial para ANALISIS)

Un dictamen de la Justicia de Entre Ríos promete hacer ruido en el sistema de transporte de pasajeros de todo el país, y en otros servicios, porque declara inconstitucional una norma de la Superintendencia de Seguros de la Nación tras ocho años de vigencia, y al mismo tiempo pone en cuestión una decisión del actual síndico general de la Nación, Claudio Moroni, de conocida vinculación estrecha con el jefe de Gabinete kirchnerista, Alberto Fernández, en tiempos recientes de simpatías menem-cavallistas.

El recordado periodista Julio Nudler había sorprendido a los argentinos con una denuncia de censura, por haber atacado al síndico general de la Nación, Claudio Moroni, a quien acusaba de ser “títere del no menos corrupto jefe de Gabinete, Alberto Fernández”. Su nota se distribuyó por correos electrónicos, hubo acusaciones recíprocas; el periodista Horacio Verbitsky terminó investigando el asunto de los seguros y los negocios, en defensa de los funcionarios Fernández y Moroni; luego vinieron las réplicas.

Es que Alberto Fernández y Claudio Moroni tienen un pasado menem-cavallista que no todos olvidan, y jueces de Entre Ríos acaban de dictaminar contra una norma firmada en 1997 porque consideraron que dificulta el resarcimiento de eventuales daños a un pasajero del transporte automotor, y lo hace en beneficio de poderosas empresas.

Antes de ser síndico general de la Nación, Moroni estuvo al frente de la Superintendencia de Seguros de la Nación de 2002 a 2004, y también de 1995 a 1998.

De 1999 a 2002 fue consultor en materia de seguros del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el BIRF. En 1998 fue también jefe de Gabinete de Asesores de Presidencia en el Banco de la Provincia de Buenos Aires y entre 1996 y 1997 miembro del directorio del Banco de Inversión y Comercio Exterior.

De modo que la trayectoria lo vincula a multinacionales y gobiernos de sentido supuestamente contrarios, pero de hecho siempre vinculado al Partido Justicialista, sea con la conducción de Carlos Menem, Eduardo Duhalde o Néstor Kirchner, y siempre en plano ascendente.

Este breve currículum vale porque ensambla períodos que, por lo menos en las declaraciones, parecen distintos.

Lo cierto es que la conocida concentración económica en el rubro de las empresas de transporte de pasajeros, que hizo estragos en Entre Ríos, es un fenómeno que sigue su curso, y la mayoría de los transportistas de pasajeros de esta provincia (por lo menos los que no andan en otra "cosa" que no sea su empresa) tienen dificultades económicas, las propias de cualquier emprendimiento que dependa de insumos a valor dólar y tarifas de mercado interno aún deprimido.

Esta semana la Justicia entrerriana sumó a la crisis una cuestión adicional que hará ruido en el país: por un lado, el fallo favorece a los usuarios posiblemente pobres, contra los intereses de empresas aseguradoras de mucho poder, pero al mismo tiempo podría encarecer el seguro y complicar a las pocas pymes que van quedando.

Moroni señalado

La Justicia provincial declaró inconstitucional una resolución de 1997 firmada en la Superintendencia de Seguros de la Nación cuando estaba bajo el mando de Moroni, hoy titular de la Sigen.

Esa resolución permite a las firmas aseguradoras limitar, mediante un sistema de franquicias, su responsabilidad ante siniestros en el transporte público de pasajeros.

El fallo pone de relieve el derecho de la víctima a un resarcimiento, por sobre los contratos entre aseguradora y asegurada, y determina que las empresas deben cumplir “sin buscar vericuetos o atajos para eludir sus obligaciones en perjuicio del hombre del común”, según el texto al que tuvo acceso ANALISIS.

Especialistas de la Justicia aseguraron que la doctrina sentada con este fallo es obligatoria para todos los tribunales de la provincia de aquí en adelante, gracias a una disposición del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia.

Los empresarios transportistas empezaron a enterarse del fallo en las últimas horas y no se mostraron muy conformes de entrada. Es que las franquicias les son favorables porque abaratan el seguro.

Hágase cargo, y luego reclame

El dictamen obligó a una firma de seguros a hacer frente a los daños ocasionados por una empresa de ómnibus paranaense que había contratado sus pólizas con franquicia. Antes que nada, dijeron los jueces, atiendan a la víctima y después resuelvan sus diferencias.

Con esta interpretación los damnificados podrán cobrar su resarcimiento aunque la empresa transportista esté insolvente o en proceso de quiebra, porque la aseguradora responderá por su cliente, más allá de los arreglos que pueda haber suscripto al contratar el seguro según la cuestionada Resolución de la Superintendencia

(más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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