Condenaron a prisión condicional a Blázquez por falsificar avales para su candidatura

(Foto: ANÁLISIS)

De ANÁLISIS

La Justicia Electoral de Paraná condenó a Hernán Pichi Blázquez, operador del Pro, por falsificar firmas para presentarse como candidato en las elecciones primarias de 2021, supo ANÁLISIS. Blázquez, que también opera desde una página web, recibió un año de prisión condicional por incorporar en los avales firmas de personas fallecidas, de otras jurisdicciones y de personas que negaron el apoyo a la lista que llamó “Entrerrianos por la libertad”.

Es la segunda condena que recibió Blázquez durante este 2022. En junio fue penado a dos años y medio de prisión condicional por coacciones simples (un hecho) contra la senadora del departamento Nogoyá, Flavia Maidana. Blázquez le mandó un mensaje de audio advirtiendo que si le cortaba la pauta publicitaria, difundiría información calumniosa e injuriante contra la legisladora.

Ahora, en la Justicia Federal, recibió la segunda condena del año, por falsificar avales. La sentencia que lleva fecha este lunes 5 de diciembre fue firmada por el juez federal con competencia electoral, Leandro Ríos, que fue asistido por su secretario Gustavo Zonis. Durante el debate intervino el fiscal Leandro Ardoy y el abogado Carlos Guillermo Reggiardo, defensor de Blázquez.

El fallo sostiene: “De las probanzas procesales colectadas, se tiene por probado que Hernán Javier Blázquez falsificó -en los términos típicos­ los avales para lograr su propia candidatura a Diputado Nacional para las PASO de fecha 12/09/2021; como así también que usó ilícitamente las planillas con los avales apócrifos ante la Justicia Electoral Nacional, en su carácter de apoderado de la lista interna y en ocasión de interponer recurso de apelación en subsidio, de manera que la calificación legal adoptada por el Ministerio Público Fiscal, como infracción al Art. 138 del CEN resulta adecuada a las constancias de la causa y, asimismo, es posible adscribirle como suceso co­penado el posterior uso de los documentos (concurso aparente en consunción), en infracción al art 296 del C.P.”. Una de las personas que fue citada como testigo en la causa, integrante de la Junta Electoral Juntos por Entre Ríos, recordó que el 23 de julio fue el cierre de listas y recibieron la documentación de Blázquez.

“El análisis comienza el día 24 ya que tenemos 48 horas para oficializarla o no. Al momento del control de los avales que se hace por muestreo ya que son más de 3000, pero cuando hacemos éste nos dimos cuenta que diez hojas donde existían la misma letra y misma firma de presuntos avalistas del departamento La Paz, de distintas localidades. Los avales generalmente se buscan por seccional, casa por casa o se pone alguna mesa en la peatonal, esto te lo digo ya que trabaje como militante. Era muy llamativo que sean las mimas firmas, por eso empezamos a controlar más puntillosamente. Ahí vimos que estaba como avalista el apoderado del frente que estaba justo con nosotros que es M.P. y también D.G., ambos dijeron que no habían avalado”.

Otros integrantes de la Junta Electoral declararon en el mismo sentido. “Tal falsedad se determinó a través de la compulsa de un listado de 113 planillas de padrón de afiliados de la Unión Cívica Radical con presuntos avalistas agregada en donde se percataron que en muchos casos había firmas idénticas a través de una misma técnica de escritura, habiendo casos de planillas sin suscripción de los supuestos avalistas. Por su parte, desde la Secretaría Electoral advirtieron que 1794 personas no se encontraban afiliadas a ninguna de las agrupaciones integrantes de la Alianza siendo uno de los requisitos que los avalistas se encuentren inscriptos en el padrón electoral del partido integrante de la alianza (art. 21, párrafo 4, Ley N° 26571), tanto como que 122 de éstos figuraban como fallecidos y 20 domiciliados en otros distritos”.

Una perito que intervino en la causa explicó cómo realizó su análisis y contó a las autoridades judiciales que “no hay correspondencia entre las firmas de la nota y las rúbricas de Blázquez, asimismo que no hay similitud morfológica con las planillas aportadas”. Además sostuvo que “los rasgos iniciales y finales de las firmas corresponden al inconsciente de la persona, por lo que resultan difícilmente falsificable. Cree que no puede modificarse, aún si la persona fuera consciente de ellos”.

La Fiscalía advirtió que “la materialidad del ilícito que se investiga (falsificación de avales) no se encuentra controvertida en autos, habiendo sido reconocida expresamente por la defensa técnica del imputado”.  De manera que el juez dio por probado el delito denunciado.

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