Juicio a Urribarri: Fiscalía no actúa como actor civil “por decisión técnica, no política”

El fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, brindó detalles respecto de diversas causas judiciales en las que actúa el organismo a su cargo como los amparos ambientales y las causas por corrupción que se siguen contra el ex gobernador Sergio Urribarri y otros ex funcionarios.

Consultado por los motivos por los que Fiscalía de Estado no actúa como actor civil en las causas por corrupción que se siguen contra el ex gobernador Sergio Urribarri, Rodríguez Signes explicó que “la norma de Fiscalía de Estado ha sido siempre esperar la sentencia penal o la resolución del Tribunal de Cuentas para reclamar el resarcimiento” pero aclaró que “en el caso de la causa de los contratos truchos legislativos, porque no había una determinación del Tribunal de Cuentas y no había una medida cautelar, se consideró pertinente incorporarse como actor civil”.

En declaraciones realizadas al programa A Quien Corresponda (Radio De la Plaza), comparó que “en las causas contra el ex gobernador Urribarri hay medidas cautelares trabadas por el Ministerio Público Fiscal lo que asegura que si hay condena el resarcimiento es factible de obtener” y aseguró que “es una decisión técnica, no política”.

Especificó que “lo normal es que el Tribunal de Cuentas realice una investigación y si encuentra responsabilidad generada por un funcionario público y perjuicio a la administración     remite un expediente a Fiscalía de Estado y se inicia la acción civil tendiente a obtener la reparación. Eso es en el 99% de los casos, pero puede pasar que no haya una actuación del Tribunal de Cuentas, como las causas Yedro o Righelato, donde se decomisaron los bienes producto del enriquecimiento ilícito y allí se encomendó a la Fiscalía a tomar posesión del inmueble que se había producido con el enriquecimiento”.

Destacó que “todo depende de cada caso, no hay una regla definitiva pero lo importante es que el Estado a través de los órganos que corresponden, Fiscalía y Ministerio Público Fiscal, ejercen la acción civil y penal”.

Respecto del estado de la causa contra el ex diputado provincial y ex secretario general de UPCN, José Ángel Allende, comentó que “en el Tribunal de Cuentas hay una investigación abierta y el juicio abreviado quedó sin homologar”.

Subsidios irregulares, STJ y causas ambientales

Por otra parte, se refirió a la denuncia por irregularidades en el cobro de subsidios que realizó la vicegobernadora Laura Stratta, y confirmó que “se inició un sumario administrativo que está en pleno proceso; hay un empleado del Ministerio de Desarrollo, de apellido Oñativia que fue llamado a indagatoria y no se presentó; se está produciendo prueba y se remitieron los antecedentes a la Oficina Anticorrupción de la Fiscalía porque la Dirección de Sumarios –que ejerce el procedimiento disciplinario- encuentra que hay elementos que pueden constituir delito penal y se está preparando la presentación de rango penal”. Comentó en tanto que “todavía no hay una cifra definitiva” sobre el delito.

En orden de temas, el fiscal de Estado dijo que “es una posibilidad” que las vacantes por jubilación de los vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) dejen de reemplazarse para achicar el número de integrantes del máximo tribunal.  Al respecto, explicó que “el artículo 187 de la Constitución provincial dispone que el Superior Tribunal de Justicia se compone de un número impar que no puede ser inferior a cinco miembros –y actualmente está en nueve miembros- y por otro lado la redacción vigente de la ley orgánica del Poder Judicial establece que son nueve miembros, de manera que es factible achicar la composición pero requiere de una modificación de esta ley orgánica y debe haber intervención legislativa”.

Consultado por las demandas ambientales ante los incendios en el Delta, Rodríguez Signes indicó que “hay por lo menos seis causas, de las cuales cuatro están en la Corte Suprema de Justicia de la Nación y dos en el Juzgado Federal de Paraná”.
Detalló que “hay una causa penal caratulada “Baggio y otros” que tramita en el Juzgado Federal donde hay 22 imputados, está en etapa instructoria y se rige por el Código Procesal que es un sistema viejo, y de las otras causa, para mí la más importante es “Equística y otros contra provincia de Santa Fe, Entre Ríos y Buenos Aires, donde la competencia originaria es de la Corte, que hizo constituir un comité de emergencia que presiden la Administración de Parques Nacionales y el Ministerio de Ambiente de la Nación”.

En ese sentido, dijo que “la provincia integra dicho comité y hace lo que dice ese comité que tiene su reglamento; lo que he dicho es que Entre Ríos no tiene responsabilidad jurídica por omisión, es decir por haber dejado de hacer algo que le correspondía hacer en el tema de los incendios. Al contrario, estamos respondiendo y actuando en el ejercicio del poder de policía ambiental, la secretaria de Ambiente está al frente del tema, nos hemos presentado en todos los juicios, hemos hecho lo que la Corte nos ha dicho”.

“Si hay responsabilidades habrá que esperar el resultado de este proceso penal donde no hay ningún funcionario de la provincia de Entre Ríos demandado, de manera que no hay responsabilidades ni de la provincia como persona jurídica ni de funcionarios que no hayan hecho algo que les correspondía hacer”, sentenció.

De todos modos, planteó que “se trata de una superficie de un millón de hectáreas, en la cual no es tan fácil actuar, en un contexto de bajante del río”.

Explicitó que “se acusa que la provincia de Entre Ríos incurrió en lo que se llama responsabilidad por omisión, que no hizo algo que le correspondía hacer” y en ese marco hay una ley de responsabilidad del Estado y le aseguro que la provincia no ha incumplido con nada que se la ordenado hacer o que le correspondía hacer de acuerdo a la normativa ambiental. Puede ser que nuestros recursos sean insuficientes, como pasa en muchos otros planos, pero no hay una actitud de incumplimiento atribuible a la provincia”.

Por último, sostuvo que “la provincia no tiene ninguna demanda por resarcimiento por parte de nadie, lo que hay son cinco amparos ambientales que es otra cosa, donde funciona el principio protectorio y donde la Corte ha planteado que lo importante es tratar de evitar los incendios y sofocar los que se producen, pero demanda de daños y perjuicios no hay ninguna”.  “No hay una demanda contra la provincia por daños y perjuicios de ningún particular ni de nadie, persiguiendo el pago de una indemnización, no hay ningún proceso de esa naturaleza”, concluyó.

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