La cocina del 39/03

Edición: 
801
Las reformas del Consejo de la Magistratura

Federico Malvasio

En el proceso de reforma de la Constitución comenzó el debate sobre el Consejo de la Magistratura. En los proyectos presentados, no sólo por los bloques sino también por gremios y ONG, se evidencian gruesas coincidencias y finas diferencias. La integración y el alcance del organismo para seleccionar funcionarios responden a interpretaciones netamente políticas. ANALISIS realiza un meticuloso paneo de los puntos neurálgicos que se debatirán en el seno de la Convención.

“No modifiquemos lo que funciona bien”. “Hay puntos que sí o sí hay que modificar”. “Soy de la idea de que no se puede especificar todo en la Constitución”. Éstas fueron algunas frases que se escucharon y que pueden ilustrar, a grandes rasgos, las diferentes perspectivas que sobrevuelan en la Comisión de Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Régimen Electoral, donde se comenzaron a debatir las reformas que se harán al Consejo de la Magistratura.

Para el proceso reformista mucho se prometió sobre las modificaciones al organismo creado por el Decreto Nº 39/03, del ex gobernador Jorge Busti, por el cual se seleccionan los jueces. Mientras algunos de los anuncios quedaron truncos, otros serán puestos sobre la mesa para ser debatidos. La posibilidad para que los vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ) deban pasar por los exámenes de antecedentes, oposición y las entrevistas, como lo establece el Consejo de la Magistratura, no contó con proyectos de los bloques mayoritarios. La representación política y el alcance que tendrá el organismo son temas que ANALISIS se propone desmenuzar.

El artículo 135 inciso 17 de la Constitución vigente se refiere a nombramientos que requieren del acuerdo del Senado y enumera a los miembros del STJ; el procurador General y el defensor General del mismo; el fiscal de Estado; el contador; el tesorero; miembros del Tribunal de Cuentas; el director General de Escuelas; los vocales del Consejo General de Educación y jefes militares desde teniente coronel. Este artículo quedará derogado, como se lo prevé en la Ley de Convocatoria (9.768). De esa manera se pondrán en discusión las cuestiones de fondo en lo que respecta a las formas por las cuales se nombrarán algunos funcionarios, tanto en la Justicia como en el Poder Ejecutivo.

La selección

Todos los bloques presentaron proyectos sobre el alcance que el organismo tendrá sobre los funcionarios. En el caso del Frente Justicialista para la Victoria, son cuatro. Uno de ellos, firmado por Rosario Romero, Sigrid Kunath y Miguel Carlín, propone que sólo pasarán por el Consejo de la Magistratura los funcionarios del Ministerio Público Fiscal, jueces y vocales de Cámara, y jueces de Paz. Otras iniciativas, una de Julio Federik, otra de José Allende y otra de Jorge Busti coinciden con esta posición. Sólo que Federik suma a la lista al presidente, vocales y fiscales del Tribunal de Cuentas. En este caso, ya se estaría hablando de un organismo que elegirá también contadores. La discusión no está saldada y algunos convencionales manifestaron temor por haber aprobado el perfil del nuevo Tribunal de Cuentas sin haber resuelto antes el mecanismo de elección de sus integrantes. Pese a este inconveniente no menor, coinciden las bancadas de la Unión Cívica Radical, la Coalición Cívica - Partido Socialista, Viva Entre Ríos y Recrear. La fundamentación no tiene interpretaciones que se alejen del sentido común. Se entiende que quienes estén a cargo de un ente de control no pueden ser designados por el Ejecutivo. Punto.

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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