A favor de nuestros pueblos

Imagen aérea del controvertido barrio privado Amarras.

Imagen aérea del controvertido barrio privado Amarras.

Por Esteban Martín Piaggio (*)

 

La Corte Suprema de Justicia dio lugar al amparo ambiental contra el proyecto del barrio privado Amarras de Gualeguaychú. Un paso fundamental en la senda de una comunidad que cuida su ambiente, ama su río y su paisaje, y defiende sus derechos.

Este jueves recibimos una noticia que nos renueva la esperanza al saber que cuando los Poderes del Estado se involucran en temas trascendentales como el cuidado de la salud, del ambiente, de la vida, priorizando las luchas de los pueblos organizados y movilizados se pueden frenar los atropellos y forjar un futuro mejor.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó sin efecto la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos que había rechazado la acción de amparo interpuesta por Julio Majul con el objeto de que cesen las obras y se reparen los perjuicios ambientales producidos por la construcción de Amarras por la empresa “Altos de Unzué SA”. Se trata de una decisión fundamental, que pone fin al descalabro y la desidia administrativa y judicial que aún con decretos de paralización de obra, permitieron que se siga avanzando con la destrucción del humedal y la afectación de nuestro río.

El pueblo de Gualeguaychú ha rechazado desde el primer momento este proyecto de barrio náutico; se ha manifestado en marchas y movilizaciones, y nuestro gobierno municipal, desde su Ejecutivo y el Concejo Deliberante, se ha expresado siempre firmemente en este aspecto. Hemos dicho claramente NO A AMARRAS, por ser un proyecto ilegal, ilegítimo, y nocivo para nuestro ambiente, nuestra comunidad, nuestro futuro.

Y consideramos importantísima la decisión de la Corte porque se fundamenta claramente en el derecho ambiental como derecho humano, imponiendo dos principios precautorios novedosos: "in dubio pro natura" e "in dubio pro agua". Y expresa tajantemente que son estos los principios que deben guiar las decisiones. Al respecto lo ambiental el fallo es claro: los humedales deben protegerse en tanto cumplen una función vital en el “´control de crecidas/inundaciones´ ya que almacenan grandes cantidades de agua durante las crecidas y reducen el caudal máximo de los ríos y, por ende, el peligro de inundación aguas abajo”; también en la protección de tormentas, recargas de acuíferos y retención de sedimentos y agentes contaminantes. Además, expresa que la cuenca hídrica como una unidad, y un sistema integral, por lo que la provincia debe garantizar una gestión y uso sustentable.

Ahora, el Superior Tribunal de Entre Ríos deberá adecuar su fallo a lo ordenado por la Corte, y hacer lugar a lo peticionado en la acción de amparo que solicitaba el cese definitivo del emprendimiento inmobiliario y la consiguiente recomposición ambiental.

Gualeguaychú es sin dudas una voz de referencia en materia ambiental. Avanzamos hacia una Gualeguaychú libre de glifosato y venenos, con alimentación sana y saludable, con producción limpia de energía, con correcto e integral tratamiento de efluentes cloacales. Pero Gualeguaychú es referencia sobre todo porque, en un contexto general de fuerte voracidad económica, especulación financiera e inmobiliaria, y devastación de la naturaleza hemos asentado culturalmente principios fundamentales para nuestro futuro: el río, los humedales, el agua, el bienestar de nuestra comunidad son más importantes que la rentabilidad y el dinero.  La prioridad siempre será de nuestro pueblo y no vamos a ceder, no vamos a renunciar, ni negociar el derecho a vivir en una ciudad cada día más justa, más igualitaria y que se desarrolle de forma sostenible.

 

(*) Esteban Martín Piaggio es intendente de Gualeguaychú.

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