Pese al anuncio de Piaggio, Nación no oficializó el retroceso de fase en Gualeguaychú

Piaggio

Piaggio tras la audiencia realizada este miércoles en el Juzgado Federal a cargo del Dr. Hernán Viri. (Foto: R2820/Mauricio Ríos)

Por Paola Robles Duarte (publicado en R2820)

No ha sido oficializada hasta la fecha por el gobierno nacional -mediante la correspondiente publicación en el Boletín Oficial-, la medida anunciada el viernes por el intendente de Gualeguaychú, Martín Piaggio, respecto a que la ciudad entró en fase de "transmisión comunitaria sostenida" por la pandemia del Coronavirus Covid-19 y se anunció que retroceden a fase 1 con el "aislamiento social, preventivo y obligatorio".

Según establece el Artículo 5° del Código Civil y Comercial de la Nación en cuanto a la normativa vigente, "las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen". Dicha determinación debe ocurrir explícitamente en el Boletín Oficial de la República Argentina, "órgano de difusión a través del cual se publican las leyes sancionadas por el Congreso de la Nación y los actos emanados del Poder Ejecutivo", según detalla la descripción en la web institucional del Ejecutivo Nacional. "Asimismo -profundiza- es el medio por el cual ciudadanos y organismos cumplen con las responsabilidades jurídicas, que hacen a la transparencia de su accionar como tales".

En resumen: es el Estado quien debe notificar a los vecinos acerca de las normas que regulan su vida cotidiana, no los medios de comunicación, no un funcionario. Ni siquiera el deseo ferviente de una comunidad por ver decrecer el conteo de casos positivos y decesos en la ciudad.

Desde la declaración mediática por parte del municipio respecto al retroceso " a fase 1" el viernes por el mediodía, pasando por la difusión de la incorporación de la ciudad como zona de circulación sostenida del virus COVID-19 y la confirmación de Piaggio sobre la autorización del gobierno nacional para el ingreso al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) de Gualeguaychú, en Boletín Oficial -ni de Nación ni de Provincia- ni rastro.

La ausencia de la medida en dicho órgano de difusión alertó a los abogados del presidente del Centro de Defensa Comercial e Industrial, Adolfo Solari, quien presentó durante este martes un Habeas Corpus - que no reviste carácter colectivo- ante el Juzgado Federal a cargo del Dr. Hernán Viri, para conocer los alcances de la normativa vigente, la cual no establece -en términos de lo publicado- que "existan las restricciones al derecho ambulatorio y comercial" tal y como lo ha consignado el municipio de Gualeguaychú durante los últimos cuatro días.

Por este motivo tuvo que concurrir el intendente Piaggio a comparecer ante el juez Hernán Viri en la audiencia que tuvo lugar este miércoles a las 11. Luego de poco más de una hora de exposición sobre los elementos a partir de los cuales Piaggio sostiene que Gualeguaychú se encuentra dentro de los alcances del 677/2020, concluyó el encuentro. Resta conocer la resolución del juez Viri ante el planteo de Solari, lo cual se supone que ocurrirá en las próximas horas.

El hecho concreto es que el retroceso de fase en la ciudad, el cual implicó el cierre temporal de comercios pertenecientes a los rubros no considerados esenciales, como así también de las actividades privadas y públicas que están prohibidas en el marco del ASPO, no ha sido oficializado por el gobierno nacional, más allá de las misivas que dieron respuesta al pedido del gobierno provincial sobre si la ciudad reúne las condiciones sanitarias para ser ingresada a dicha situación.

Vale citar nuevamente al Código Civil y Comercial de la Nación, en este caso en su Artículo 7°, donde se define la eficacia temporal de la normativa en cuestión: "A partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplican a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes. La leyes no tienen efecto retroactivo, sean o no de orden público, excepto disposición en contrario. La retroactividad establecida por la ley no puede afectar derechos amparados por garantías constitucionales".

Esto quiere decir, que aunque este jueves la Jefatura de Gabinete de Ministros publicara que Gualeguaychú fue incorporada al alcance del decreto 677/2020 en el capítulo que establece el ASPO, tendría vigencia a partir de ese momento, y no de manera retroactiva hasta el día sábado.

Sin poner en discusión el aspecto sanitario, ni relativizar la necesidad imperiosa de reducir la circulación de vecinos para reducir así la circulación del virus, es fundamental decir que no "ingresamos" a esta situación en las mismas condiciones que lo hicimos a mediados de marzo. Sería necio desconocer la resistencia a la medida por parte de la comunidad -sobre todo aquel sector vinculado al ámbito comercial- situación que abona un clima contraproducente ante el desafío de afrontar la crisis en curso, generando incertidumbre, malestar y una serie de sentimientos que lejos de aportar esperanza solo producen desasosiego. Incluso en aquellos que con gran sentido de la responsabilidad y solidaridad acataron la medida desde el minuto uno, mirando hacia el horizonte plantado en el 30 de agosto, día en que se comunicaría el cese o la continuidad de las prohibiciones en términos tan estrictos.

¿Caben las lecturas ambiguas a esta altura de los acontecimientos? El intendente Piaggio tomó la decisión política de no emitir - este último tiempo- decretos municipales que establezcan restricciones a algunas actividades en el contexto actual, a diferencia de lo ocurrido en localidades vecinas. Solo abonó el camino del ingreso al ASPO, decisión que solo puede tomar el Ejecutivo Nacional. Decisión que hasta el día de la fecha, no se ha visto cristalizada en el Boletín Oficial.

¿Quién asumirá las consecuencias en el caso de que el fallo de la Justicia Federal no sea favorable al Municipio? Sobre esta pregunta seguramente volveremos durante los próximos días.

Entonces: ¿Qué tenemos hasta el momento? Un intercambio epistolar entre funcionarios, varias interpretaciones de los hechos y una ciudad que volvió a la cuarentena de fines de marzo, y en muchos casos, en situación de quebranto.

¿Qué no tenemos? La publicación correspondiente tanto en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos como así tampoco de la Nación.

Una de las notas enviadas desde Prensa y Comunicación Institucional a los medios de comunicación de la ciudad se encontraba firmada por la Subsecretaría de Medicamentos e Información Estratégica, Sonia Gabriela Tarragona, dando lugar al pedido del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos en cuanto a considerar "a la ciudad de Gualeguaychú como zona comprendida dentro del aislamiento social preventivo y obligatorio –ASPO-".

La segunda nota, rubricada por el Jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Andrés Cafiero -con fecha del mismo sábado 22 de agosto- se encontraba dirigida al gobernador de la provincia -quien tiene competencia para hacer formalmente la solicitud del retroceso de fase- manifestando textualmente que "resultando las evaluaciones de las autoridades sanitarias local y nacional coincidentes respecto de la ausencia de cumplimiento positivo de los parámetros requeridos por el régimen de distanciamiento social y del riesgo sanitario y epidemiológico asociado a ello, se encuentran reunidos los extremos para que se apliquen las normas establecidas en el Capítulo Dos del Decreto Nº 677/20, relativas al aislamiento social, preventivo y obligatorio, respecto de la ciudad de Gualeguaychú".

Ahora bien, las misivas no tienen su correlato en ninguna de las ediciones del Boletín Oficial de la República Argentina desde el sábado 22 de agosto -cuando se anunció el ingreso al ASPO bajo las competencias del decreto presidencial 677/2020- hasta la fecha. Solo fue publicada la "Decisión Administrativa 1549/2020 -DECAD-2020-1549-APN-JGM -" mediante la cual "Exceptúanse a las reuniones familiares de hasta diez personas, a realizarse en los domicilios particulares, en el ámbito de la Provincia de La Pampa".

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