Espionaje ilegal: confirmaron el sobreseimiento de Macri en la causa del ARA San Juan

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este martes el sobreseimiento del expresidente Mauricio Macri en la causa que investigaba el presunto espionaje ilegal a familiares de las víctimas del hundimiento del submarino Ara San Juan.

 

La decisión de la sala II del máximo tribunal penal del país alcanza además a los ex titulares de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) en su gobierno, Gustavo Arribas y Silvia Majdalanii, y a nueve ex agentes del organismo que estaban imputados en la causa.

 

Macri había sido procesado por el juez federal de Dolores Martín Bava en diciembre de 2021, pero pocos meses despúes la Cámara Federal revocó esa medida, decisión que fue apelada y llevó el sumario a la Cámara Federal de Casación Penal.

 

En su voto mayoritario, los camaristas Guillermo Yacobucci y Mariano Borinsky sostuvieron que la Cámara Federal porteña -instancia procesal anterior- "realizó un tratamiento concreto y pormenorizado de los hechos" de la causa cuando revocó los procesamientos y sobreseyó a Macri.

 

"No pasan inadvertidos ni resultan indiferentes los difíciles momentos atravesados por los familiares y amigos de las personas fallecidas durante el lapso de tiempo transcurrido desde el hundimiento del submarino ARA San Juan -ocurrido el 15 de noviembre de 2017- hasta la actualidad", advierten los jueces en la sentencia.

 

Pero eso, según el fallo, "no alcanza para tornar ilegales los comportamientos detenidamente examinados" cuando se dictaron los sobreseimientos ahora confirmados, por considerar que no hubo delito y que se trató de tareas vinculadas a la seguridad presidencial.

 

"Es menester que la causa en la que se investiga dicho hundimiento avance definitiva y prontamente hacia una respuesta concreta para los referidos familiares de los cuarenta y cuatro tripulantes que perdieron la vida en el cumplimiento del deber y al servicio de la Patria", concluye el texto.

 

La Cámara de Casación Federal centró su análisis en seis hechos de "obtención de información y producción de inteligencia, presuntamente ilegal, sobre familiares y amigos de las personas fallecidas a raíz del hundimiento del submarino ARA San Juan y los buques El Repunte y El Rigel".

 

"No se ha demostrado que el imputado (Macri) estuviese materialmente en una posición que implicase su intervención directa en los hechos investigados, aún mediante un comportamiento pasivo como el que en parte pareciera atribuirle el juzgado, a falta de marcadores de ilicitud activos", explicó en su voto el magistrado Guillermo Yacobucci.

 

En otro tramo, el juez señaló que las acciones atribuidas a todos los investigados en este expediente "no sólo se enmarcaron dentro de los fines legítimos que persigue la Agencia -AFI- sino que también constituyeron medios adecuados para los objetivos de seguridad perseguidos".

 

Por otro lado, indicó que el accionar del organismo oficial de Inteligencia puede enmarcarse dentro de "los más moderados y menos intrusivos dentro de aquellos igualmente eficaces, respetando el contenido esencial de los derechos involucrados que a los familiares de las víctimas les asisten".

 

Este argumento, según el camarista, puede sustentarse en los datos volcados en los informes y en la "descripción de los hechos imputados" donde, entendió, "no se advierte a su vez la explícita concreción de objetivos políticos prohibidos que contendrían".

 

La resolución que confirmó el sobreseimiento del ex presidente y sus funcionarios entiende que "no se identifica adherencia política de ninguna de las personas individualizadas, así como tampoco manifestaciones a favor o en contra de quienes gobernaban, más allá de las peticiones específicas o reclamos críticos con fundamento en la difícil situación que estaban atravesando".

 

El otro voto a favor de dejar afuera del caso por presunto espionaje a Macri fue de Mariano Borinsky. En su voto indicó que la Cámara Federal -cuya resolución había sido apelada ante la Casación Federal- evaluó "razonablemente las actividades cuestionadas por las partes se evidenciaron como normativamente especificadas, y que hacían a la seguridad interior" y la seguridad presidencial o de seguridad, que "se encuentran enmarcados en la normativa regulatoria de la AFI".

 

El voto minoritario de Angela Ledesma

 

La única posición contraria a estos planteos fue el de la jueza Ángela Ledesma, quien entendió "que la Cámara Federal incurrió en una interpretación errónea y extensiva de las normas que rigen en materia de inteligencia al habilitar, por vía de un supuesto de seguridad presidencial, una ampliación indebida de las facultades previstas en la ley de inteligencia".

 

"Cabe destacar que frente a la hipótesis de que los imputados estaban produciendo inteligencia nacional para la Casa Militar, entonces debió haberse dado un supuesto en el cual los familiares de las víctimas del Ara San Juan hubieran intentado atentar contra el orden constitucional, extremo sobre el cual no existen elementos de prueba que sustenten dicha hipótesis", sostuvo.

 

En junio pasado, el mismo tribunal había hecho lugar a un pedido de recusación de Macri y apartó de la causa al juez Alejandro Slokar.

 

El submarino ARA San Juan se hundió el 15 de noviembre de 2017 frente al Golfo de San Jorge, cerca de Comodoro Rivadavia, cuando regresaba desde Ushuaia hacia la Base Naval de Mar del Plata con 44 tripulantes a bordo.

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