Narcotráfico: la Justicia le rechazó un pedido de salidas sociolaborales a José Sterz

José Sterz, un hombre con historia en el ambiente del narcotráfico de Paraná, ha solicitado salidas socio-laborales y familiares, en el marco de la pena que está cumpliendo de 14 años de prisión, que incluye dos condenas: la de la cocina de cocaína que montó en un campo del Acceso Norte de Paraná, y más reciente por distribuir esa misma droga a vendedores de Paraná y Concordia, mientras estaba en la cárcel con salidas transitorias. Sterz cumplió 73 años en mayo de 2023.

Ahora, con casi 11 años de encierro, solicitó la confección de legajo de salidas socio-familiares y laborales. Su abogado José Velázquez ha sostenido en tal presentación que el hombre “se encuentra temporalmente encuadrado para acceder al régimen de salidas transitorias”.

La cuestión es que este cálculo se realiza en base a la anterior Ley de Ejecución de Penas, que fue modificada en 2017, según la cual Sterz aún no podría obtener el beneficio de las salidas. Entonces, Velázquez pidió que se aplique el criterio de la ley penal más benigna. Sostuvo que el segundo hecho por el cual fue condenado comenzó a investigarse por la Policía Federal de Concordia antes de la sanción de las modificaciones de la ley, publicó Uno Entre Ríos.

La Fiscalía se opuso a este pedido, y sostuvo que la segunda condena fue por hechos ocurridos en mayo de 2019, cuando sucedieron los allanamientos y detenciones de la banda narco.

La jueza de Ejecución del Tribunal Oral Federal de Concepción del Uruguay, Emilce Rojas, coincidió con el Ministerio Público Fiscal. En su resolución argumentó: “He analizado pormenorizadamente las posturas de las partes y estimo que en los casos en que se juzgue y condene a una persona por hechos cometidos durante la vigencia de la Ley N° 27.375, es inescrutablemente esta la ley aplicable durante la ejecución de la pena, aun cuando el condenado haya cometido hechos o se encuentre cumpliendo condenas por hechos cometidos durante la vigencia de la ley anterior. Evidentemente, la comisión del nuevo hecho lo coloca en un status diferente al que le venía siendo aplicable”.

“No resulta razonable pretender que la comisión de un hecho delictivo ampare a sus autores de las consecuencias de hechos futuros en una suerte de ‘patente de corso’ para aquellos que se cometan con posterioridad, garantizando acceder a regímenes menos gravosos”, afirmó la magistrada, al rechazar el pedido de Sterz.

 

 

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