Calimboy: suspendieron elevación a juicio para resolver probation pedida para sindicatura

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Juicios conexos a la Quiebra de Calimboy.

De ANÁLISIS

Ayer se suspendió la audiencia de elevación a juicio por la supuesta falsificación de documentos por parte de cuatro miembros de la sindicatura, en el marco del proceso por la quiebra de Calimboy SA. Así lo decidió el juez de Garantías de Concepción del Uruguay, Gustavo Ariel Díaz, tras escuchar el planteo del defensor particular de los contadores, el abogado Sebastián Arrechea.

Al inicio de la audiencia el defensor pidió que se suspenda el juicio a prueba para los contadores Olga Raquel Amoroso; Oscar Alfredo Colombo; Haydee Liliana Villagra; y Mirta Liliana Giles por presunta falsificación de documentos públicos y uso de documentos falsificados.

En contraposicón, el querellante particular Antonio Mainez, rechazó el planteo defensivo. Dijo que los imputados “no tienen posibilidad de acceder a ese beneficio”. “En principio hay que tener en cuenta que los Síndicos, independientemente de los Funcionarios, y lo han cometido violando todos los derechos, siendo estas personas la mano derecha del Juez, a quien han convertido en víctima y han estafado. Es de una gravedad contundente, y se lleva el tratamiento de la Cámara local, cuyo vocal dice que es un caso que sí o sí, debe resolverse en la instancia de un debate pleno, profundo y completo”.

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Los síndicos de la quiebra fueron imputados por adulteración del libro de actas y uso de instrumento público falsificado.

Entre otros argumentos agregó el abogado que “le causa escozor que se pida en este caso. Son funcionarios de la Quiebra, han estafado al juez y han perjudicado al querellante. Es un metié propio que la ley asigna a los síndicos, y entiende la querella que conforme lo establece el Código Procesal Penal, la probation se da conforme lo que determina la ley, en referencia al Código Penal, y podríamos plantear que no procedería por los montos de la pena, y los concursos reales, ni por la existencia de pena de Inhabilitación, pero tampoco porque los síndicos son funcionarios públicos”.

“Este juicio se realiza para la primera imputación, llama la atención que el juez de la cusa Máximo Mir, donde se cometieron los ilícitos y la estafa procesal, no actuó ni antes ni después de que estuvieron los hechos denunciados”, acotó.

El juez resolvió suspender la “audiencia de etapa intermedia”; “pasar a un cuarto intermedio para resolver fundadamente el planteo defensista”; y “notificar oportunamente a las partes el resolutorio que se arribe”.

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