El Tribunal rechazó el acuerdo de juicio abreviado para José Ángel Allende

José Ángel Allende

Continúan las investigaciones a José Ángel Allende, ex diputado y dirigente sindical de UPCN. (Foto: ANÁLISIS)

De ANÁLISIS

El tribunal compuesto por los jueces José María Chemez, Carolina Castagno y Alejandro Cánepa rechazó el acuerdo alcanzado entre el Ministerio Público Fiscal (MPF) y los defensores de José Ángel Allende. A la decisión la leyó pasado el mediodía de este jueves el presidente del tribunal José María Chemez.

La situación se complicó para el ex secretario General de la Unión Personal Civil de la Nación (UPCN), que había aceptado una pena de prisión condicional por el enriquecimiento ilícito suyo y de su familia; las negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública; y la violencia ejercida contra la ministra de Salud de la provincia Sonia Velázquez y el periodista Martín Carboni.


Defensores. Foto del Poder Judicial.

Sobre estas últimas dos denuncias, Allende acordó el delito de amenazas simples y el Tribunal cuestionó con dureza esa calificación legal en el caso de Velázquez. Los jueces sostuvieron que la calificación legal correcta es la de coacciones agravadas, lo cual cambia la expectativa de pena.

Hubo duras concepciones de los magistrados en torno al acuerdo que omitió incluir bienes inmuebles, automóviles, caballos pura sangre y embarcaciones. Señalaron que no es función del tribunal investigar, pero advirtieron que el inventario patrimonial presentado en el acuerdo no fue acompañado por la documentación probatoria correspondiente. Criticaron la multa aplicada, dado que fue calculada sobre un monto de enriquecimiento en pesos, y marcaron que el propio perito contable del Ministerio Público Fiscal (MPF) advirtió un enriquecimiento mayor que el considerado por la acusación pública.

Además los jueces cuestionaron la promesa del MPF de desincriminar al resto de los imputados -la familia de Allende en la causa por enriquecimiento-, si prosperaba el acuerdo de juicio abreviado. Dijeron no entender que si al momento de presentar el acuerdo había certeza negativa sobre el resto de los imputados, porqué no se pidió el sobreseimiento en el mismo acuerdo.

En la parte resolutiva, el tribunal decidió “desestimar la solicitud de juicio abreviado presentado por las partes”. Se remitió el legajo principal -enriquecimiento y negociaciones incompatibles- al lugar de origen, es decir el juzgado de Transición de Gustavo Maldonado. Allí deberán profundizar la pericia contable y resolver la situación procesal de los familiares de Allende que fueron imputados por enriquecimiento ilícito. En tanto el legajo por la denuncia de Carboni volverá a la Fiscalía de Álvaro Piérola; y el legajo por la denuncia de Velázquez volverá a la Fiscalía de Leandro Dato.


Fiscales. Foto Poder Judicial. 

Bienes no considerados y “exceso en las facultades del MPF”

El juez José María Chemez, presidente del tribunal al que fue presentado el acuerdo de juicio abreviado entre los fiscales Laura Cattáneo, Álvaro Piérola y Leandro Dato; y los defensores Leopoldo Lambruschini, Julio Federik y Marcos Rodríguez Allende, estuvo leyendo los considerandos del fallo poco más de una hora.

La lectura tuvo varios puntos de cuestionamientos, en torno a los tres legajos acumulados en los cuales se imputa a Allende. Los jueces criticaron el acuerdo hecho por las partes sobre la causa por enriquecimiento ilícito y señalaron discordancias entre la pericia contables y lo que finalmente se aceptó.   

Dijo que el acuerdo sobre el enriquecimiento no fue acompañado por toda la documentación probatoria que corresponde. Además, los jueces advirtieron que los fiscales omitieron registrar un departamento de calle Santiago del Estero de Paraná. Sostuvieron que “del análisis de la documental surge clarísimo que el MPF confundió siempre un departamento con otro en el mismo edificio”. Y que dada esas “confusiones, se omitió incluir en patrimonio un departamento”. Puntualizaron que se trata del 6to B. “Si se hubiese incorporado, hubiese incrementado el patrimonio de Allende. Tenemos necesidad de mayor conocimiento sobre esto. Toda la documentación relativa a ese departamento fue adquirida y presentada en esta audiencia, cuando lo pedimos acá porque las partes no acompañaron las constancias de una supuesta compra. Esto no es tarea investigativa del tribunal, simplemente pedimos las constancias probatorias del acuerdo”, señalaron los jueces.

Una situación similar advirtieron para “8 caballos pura sangre y sus crías”; y preguntaron “por qué no se incorporaron 2 de 7 embarcaciones que pertenecen a Allende y otros imputados en el enriquecimiento ilícito”.  


Tribunal. Foto Poder Judicial.

El tribunal consideró “un exceso del MPF en sus facultades”. “Hubo un anuncio de Fiscalía que solicitará el sobreseimiento de los demás imputados si prospera el acuerdo de abreviado -marcó Chemez en referencia a los hijos y la concubina de Allende-. La doctora Cattáneo afirmó que solicitarán el sobreseimiento porque no hay prueba de participación de los demás imputados. Pero eso contradice la literalidad del acuerdo. Si había certeza negativa ¿por qué no pidieron el sobreseimiento en este mismo acuerdo?”, preguntaron.

En ese sentido el tribunal pidió que se resuelva la situación procesal de Julio, Victoria y Carolina Allende y la conviviente Adriana Sattler. “Eran funcionarios públicos. Su desincriminación contraviene los compromisos legales argentinos, asumidos en los convenios internacionales contra la corrupción”, leyó el juez Chemez.


Fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes. Parte interesada en los procesos que investigan perjuicio al Estado. Foto Poder Judicial. 

¿Amenazas simples o coacciones agravadas?

Por último el tribunal refirió al acuerdo entre partes por las denuncias de Velázquez y Carboni contra Allende. “Los argumentos de Fiscalía para sostener la calificación son contradictorios. Obsérvese que claramente se atribuyen acciones intimidatorias en contexto de violencia de género”, marcó el juez y retomó los diálogos intimidatorios de Allende con Velázquez.

“Lo de Diamante no da para más, quiero que eches a la directora. Te ordeno que eches a la directora. Te lo ordeno. Vos sabés quien soy, no me atendés el teléfono, fui presidente de la Cámara de Diputados”, recordó Chemez.

“La conducta es coacción, no amenazas simples. Allende pretendió que Velázquez haga algo o deje de hacer algo para que no ocurra un mal mayor, en contra de la voluntad de la ministra. El bien jurídico tutelado es la libertad del individuo”, sostuvo.

El juez también marcó que las propias víctimas se manifestaron en oposición al acuerdo.


La ministra de Salud y su abogada Fernanda Vázquez Pinasco. Foto Poder Judicial. 

De ese modo, el acuerdo de juicio se volvió “inadmisible” por dos cuestiones fundamentales para el tribunal: la necesidad de conocer mejor los hechos investigados y que no comparten la calificación en el caso de Velázquez. Aclararon que no asumen las tareas del MPF sino ejercen el control jurisdiccional.

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