En febrero se sabrá si la sentencia a Canosa queda firme

Juan José Canosa

Canosa tomó la palabra y aseguró que es inocente.

La Cámara de Casación Penal escuchó a las partes en la audiencia de apelación de la sentencia contra Juan José Canosa, condenado a 3 años de prisión condicional por negociaciones incompatibles cuando era titular de Sidecreer. Canosa habló y defendió su inocencia. 

Los jueces de la Cámara de Casación darán a conocer su sentencia el 17 de febrero a las 12.30 horas. 

El recurso presentado por los abogados defensores Raúl Barrandeguy y Calendario Pérez fue argumentado que la imputación realizada por el Ministerio Público Fiscal fue mal confeccionada y que se trata de un hecho atípico; que en el caso de haber una irregularidad en el accionar de Canosa se trató de una cuestión administrativa; y cuestionaron la caracterización de funcionario público del extitular de la tarjeta que es propiedad al 100% del Estado.

 Acto seguido fue el propio Canosa quien tomó la palabra para asegurar su inocencia, sin agregar argumentaciones técnicas a las ya realizadas por sus representantes legales.

Barrandeguy aseguró que el delito de negociaciones incompatibles con la función pública debe imputarse refiriéndose específicamente al interés que tuvo el acusado en la comisión de los actos investigados. En una interpretación literal de la imputación –que sirvió de sustento a la posterior condena- el abogado aseguró: “Un fiscal no puede acusar de un delito que no está bien imputado. Esto da por muerto el principio de legalidad”.

“El hecho imputado tampoco le atribuye una conducta, sino un ‘ser’ que es ser pariente y conocido de los contratados”, afirmó. En síntesis, Barrandeguy aseguró que la imputación que derivó en condena estuvo mal realizada por no incluir el término “interesarse” en la misma. Esto fue parte del argumento que con posterioridad expresó Cecilia Goyeneche en representación del MPF.

Calendario Pérez negó que Canosa haya sido funcionario. Según la defensa, Sidecreer es una Sociedad Anónima que corresponde al marco normativo privado de una tarjeta de crédito. Aseguró que Canosa fue electo presidente en la asamblea de la empresa y que el directorio acató dicha decisión.

“Canosa no estaba al servicio de la función pública sino de una entidad privada. El derecho protegido en este delito es la función pública”, argumentó.

Los abogados plantearon a la Cámara compuesta por Hugo Perotti, Marcela Badano y Marcela Davite.

Canosa tomó la palabra

 El extitular de la tarjeta tomó la palabra al cierre de los alegatos defensivos: “Durante los 8 años que estuve al frente de Sidecreer, no sólo dieron superávit sino que aumentamos el patrimonio en casi 1.000 %”.

A Canosa se lo condenó por haber realizado contrataciones a 3 empresas ligadas a familiares y amigos: Excelcom, Texmer y JDR Construcciones. “Se convirtieron de manera repentina en proveedores”, aseguró la sentencia del juez Alejandro Grippo.

“A esas personas yo las conozco, algunas fueron proveedoras de la empresa antes de mi presidencia”, aseguró y agregó que su accionar se limitó a “responder las órdenes del directorio”.

Dijo que el presidente no tiene como facultad disponer del listado de empresas con las que se realizan las contrataciones ni resolver los acuerdos con las mismas: “No hay ninguna acción que muestre que me interesara, sino simplemente cumplir con el reglamento”.

Goyeneche pidió el rechazo de la apelación

La Fiscal Adjunta le pidió a la Cámara de Casación que deseche el recurso presentado por los abogados defensores y la sentencia condenatoria adquiera la firmeza de una segunda instancia.

Goyeneche invirtió los argumentos defensivos y comenzó explicando por qué la sentencia lo consideró a Canosa como funcionario público: “El 100% del patrimonio de Sidecreer es propiedad del Estado, el Tribunal de Cuentas controló y controla–incluso antes que Canosa sea presidente- todas las finanzas de Sidecreer, el fin social que se incluye en el decreto de creación de la tarjeta y se han valorado las propias acciones de Canosa autoproclamándose como funcionario público en la presentación de su declaración jurada y declaraciones periodísticas”.

Además, la fiscal explicó que de revertirse la sentencia se habilitaría a pensar en que un gobernador, mediante simple decreto, puede crear una Sociedad Anónima para evadir los controles públicos: “Si fuese así, un gobernador podría crear ámbitos donde se flexibiliza y relajan los controles administrativos”.

“¿Es razonable esto en el marco de las convenciones internacionales?”, se preguntó.

Luego se refirió a la “interpretación lineal” de la defensa respecto a cómo se elaboró la imputación. “La defensa propone una interpretación lineal de la imputación y esto no es adecuado”, expresó.

Explicó que en la imputación se refiere a “cada una de las contrataciones” y que esto no es “algo naif o sin sentido”. “Detrás de la imputación realizada hay una valoración que le da un sentido”, expresó.

“El interesarse está claramente descripto y por eso el imputado se defendió de todos y cada uno de los hechos que están imputados”, explicó.

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