Dispusieron la remisión a juicio de la causa “sueño entrerriano”

Parador playero

En enero de 2015, el Ministerio de Turismo de la provincia colocó un parador playero en Mar del Plata.

El juez de Garantías Ricardo Bonazzola rechazó este viernes las apelaciones interpuestas en el marco de la causa “sueño entrerriano” y dispuso la remisión a juicio oral, observó ANÁLISIS.

La IPP acumula tres expedientes, todos vinculados a la campaña presidencial del ex gobernador Sergio Urribarri, según la hipótesis del Ministerio Público Fiscal.  

Las impugnaciones interpuestas por los defensores Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez (en representación del ex gobernador Urribarri); Ignacio Díaz (en representación del ex ministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez); Marcos Rodríguez Allende (en representación de Juan Pablo Aguilera); Guillermo Vartorelli (en representación de la contadora Corina Cagniel y otros) y Emilio Fouces (en representación del ex ministro de Turismo Hugo Marsó, entre otros) son tres:

  • Los informes de llamadas telefónicas entre los imputados.
  • Informes periciales elaborados por personal del Ministerio Fiscal o el Poder Judicial.
  • Informes de páginas webs de noticias.

El juez Bonazzola rechazó las impugnaciones defensivas. Sostuvo que los informes de las empresas de telefonía afectaron mínimamente la privacidad de los imputados y está entre las facultades del Ministerio Público Fiscal y un juez de instrucción requerir esos datos sobre las personas investigadas. “Aquí no se interceptó ni captó de ninguna forma comunicaciones personales de manera ilegal”, dijo.

En referencia a los informes periciales elaborados por personal del Ministerio Fiscal o el Poder Judicial, el juez de Garantías consideró que “la mayor o menor idoneidad de los funcionarios públicos formará parte de las valoraciones que se hagan en el juicio”. Sobre el mismo punto, acotó que si bien los defensores no ejercieron el derecho de designar peritos de parte, tampoco recusaron a las personas que desarrollaron las medidas de prueba.

Por otro lado, Bonazzola también rechazó las impugnaciones sobre el registro de páginas webs de noticias. “Las valoraciones sobre el alcance probatorio de las páginas web de noticias quedará para la instancia de juicio”, dijo.


Juez Ricardo Bonazzola (Foto ANÁLISIS)

Incorporarán prueba nueva

En una de las tantas instancias que tuvo la audiencia (comenzó el viernes pasado, pasó a un cuarto intermedio hasta el lunes y volvió a pasar a un cuarto intermedio hasta hoy), el defensor Guillermo Vartorelli había pedido que la Facultad de Ciencias Económicas de la UNER evalúe uno de los informes contables producidos para la causa y emita un dictamen. Bonazzola admitió ese pedido del defensor.

“Sin dejar de considerar que esta es una audiencia para admitir prueba y no para producirla, hago lugar al pedido del defensor para designar un perito y que se incorpore en 30 días”, acotó el juez y del mismo modo, consintió a los fiscales Gonzalo Badano y Francisco Ramírez Montrull que también designen a un perito para ese trabajo.

Asimismo, se reservará la testimonial para el debate de los nuevos peritos que se incorporarán en la causa.  

Horacio González y Eduardo Rinesi, los testigos de Báez

En uno de los tres expedientes, el ex ministro de Cultura y Comunicación Pedro Báez ofreció las testimoniales del ex director de la Biblioteca Nacional Horacio González. También pidió que se cite a declarar al politólogo y filósofo Eduardo Rinesi, ex rector de la Universidad Nacional de General Sarmiento.

Ambos pertenecen al grupo de intelectuales kirchneristas denominado Carta Abierta.

Imputados y pedidos de pena

La megacausa tiene como imputados a Urribarri para quien la Fiscalía pidió 9 años de prisión; Pedro Báez sobre quien pesa un pedido de 8 años de prisión; Hugo Marsó para quien la Fiscalía reclamó 4 años de prisión; Hugo Céspedes, Gustavo Tórtul y Gerardo Caruso, sobre quienes pesa el mismo pedido de pena que Marsó; Corina Cargniel para quien pidieron 6 años de prisión; y Juan Pablo Aguilera sobre quien pidieron 8 años de prisión.


Defensores (Foto ANÁLISIS)

Los legajos acumulados son tres

-El 61.211 que investiga la solicitada en 18 diarios en contra de los fondos buitres, de junio del 2014. La fiscalía le imputa a Sergio Urribarri y Pedro Báez que siendo gobernador y ministro de Cultura y Comunicación de Entre Ríos respectivamente, habrían sustraído de la partida presupuestara DA 984, cuya custodia tenían a cargo, la suma de $4.308.500,23 para difundir la solicitada titulada “Acuerdo de Compromiso para la Reafirmación Democrática Argentina.

El texto fue publicado en los diarios Clarín, La Nación, Ámbito Financiero, El Cronista, Buenos Aires Herald, Tiempo Argentino, El Argentino, Crónica, Página 12, El Litoral de Santa Fe, El Diario de Paraná, Uno de Santa Fe, Entre Ríos y Mendoza, La Capital de Rosario, El Sol de Concordia, El Día de Gualeguaychú y La Calle de Concepción del Uruguay.

Para los acusadores, esa publicación tuvo como único fin promocionar, con fondos públicos, la precandidatura a presidente de Urribarri. Sostienen que la solicitada se tramitó bajo el expediente N° 1603731, y que Báez la justificó “ficticiamente” con el argumento de que era necesaria la difusión de actos de gobierno.

Así, ambos firmaron la orden de publicidad y luego el decreto N° 2940/14 del 5 de septiembre de 2014. En ese sentido, remarcan que esa resolución fue rubricada “a sabiendas del velado propósito de la publicación en cuestión”.

-El 29.885 por la contratación de la empresa Nelly Entretaiment de Jorge “Corcho” Rodríguez para la difusión de spots publicitarios en el marco de la Cumbre del Mercosur. Esa contratación costó 28.400.000 de pesos. En este expediente está imputado  además de Urribarri y Báez, el coordinador de la Unidad Operativa Mercosur, Hugo Céspedes; y al coordinador contable de la Unidad Operativa de la Cumbre Mercosur, Gustavo Tórtul.

La Fiscalía reprocha la contratación de la productora Nelly Entertainment SA para lo que consideran como la difusión de la imagen de Urribarri como precandidato a presidente. En expediente, Rodríguez logró una probation.


Fiscales (Foto ANÁLISIS)

-El 58.383 que investiga la instalación de un parador Playero en Mar del Plata, en enero de 2015. La acusación fiscal señala que Urribarri y su entonces ministro de Turismo, Hugo Marsó, sustrajeron 14.561.870 de pesos para la instalación, montaje y puesta en funcionamiento de una estructura que aparentaba promocionar a la provincia como destino turístico pero tenía estampado un rostro de Urribarri.

En este caso están imputados, además de Urribarri y Marsó; el cuñado del exgobernador, Juan Pablo Aguilera; Gerardo Caruso, titular de la empresa “El juego en que andamos”, que montó el parador, y que a su vez es ex director de Contenidos del Fútbol para Todos; y la contadora Corina Cargnel, de las firmas Tep y Next vinculadas a Juan Pablo Aguilera.

Para los fiscales, Caruso participó de un sistema de retorno de dinero en efectivo hacía el cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, por 2.000.000 de pesos, a través de transacciones bancarias a las empresas Tep SRL y Next SRL -que se le vinculan-, y a otras que actuaron como “intermediarias” como Visual Ilusión SA, Megaprint, Wall Street Vía Pública SA y Fredy Publicidad SRL, por 2.468.700 de pesos.

En la imputación se afirma que para concretar la “sustracción”, el entonces ministro de Turismo, Marsó, inició un expediente el 5 de diciembre de 2014 justificándolo con un argumento falso en el que sostuvo que se iba a “promover, difundir e instalar la marca Provincia de Entre Ríos como destino turístico”.

Así, se solicitó el espacio público -la playa- al Municipio del Partido de General Pueyrredón -Mar del Plata-, y se “direccionó” la contratación a la firma “El Juego en que andamos SRL”, de Caruso. Para los fiscales, además, el empresario “contó con información privilegiada que le permitió la presentación de la oferta y hacerse adjudicatario de la misma, para lo cual y en connivencia con los funcionarios públicos nombrados, y también con el Sr. Juan Pablo Aguilera, simuló la intervención en la licitación pública de la firma Castromil S.R.L., cuya propuesta fuera desestimada, pero que sirviera a los fines de acreditar una ficticia concurrencia y competencia de participantes en la licitación referida”.

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