El procurador Jorge Amilcar García había sido denunciado por Carlos Guillermo Reggiardo.
El Jurado de Enjuiciamiento resolvió por mayoría declararse competente para entender en la causa originada a partir de la denuncia del abogado Carlos Guillermo Reggiardo contra el Procurador General de la provincia de Entre Ríos, Jorge Amilcar Luciano García.
Emilio Castrillon, Daniel Carubia, Germán Carlomagno, Roberto Beherán y Jorge Campos entendieron que el organismo que integran era competente para tratar el tema, en tanto los jurados Diego Lara y Ángel Giano consideraron que debía tramitarse “el juicio político” ante la Legislatura provincial.
Asimismo se resolvió, por unanimidad, desestimar 12 de los 13 cargos denunciados por Reggiardo contra el Procurador García, entendiendo que no tenían entidad suficiente para formar causa, informó el Servicio de Información y Comunicación (SIC-STJ).
En tanto, por mayoría, Lara, Giano, Carubia, Carlomagno y Beherán desestimaron el cargo denunciado contra García por no haber acusado al juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Carlos Rossi (art. 27. Ley 9283), quien fue sometido al Jurado de Enjuiciamiento, mientras que Castrillon y Campos entendieron que por este motivo debió declararse admisible la denuncia y disponer la formación de causa (art. 20 y 24 leyes 9283/9513).
El Jurado de Enjuiciamiento está integrado por el diputado provincial Diego Lara, el senador provincial Ángel Giano, los vocales del Superior Tribunal de Justicia Emilio Castrillon, Daniel Carubia y Germán Carlomagno y los abogados Jorge Campos y Roberto Beherán.
La denuncia contra García
El abogado victoriense Carlos Guillermo Reggiardo presentó en noviembre del año pasado una denuncia por mal desempeño contra el procurador General del STJ Jorge García. Entre los cargos aludidos para pedir la destitución del funcionario judicial, el letrado menciona la supuesta falta de idoneidad del procurador y menciona el incumplimiento del deber de acusar en el caso del jury al juez Carlos Rossi. También se refiere a su vínculo con los medios de comunicación y al presunto bloqueo al acceso a información pública.
En el escrito al que accedió ANÁLISIS, Reggiardo aludió a los mecanismos previstos en los artículos 218 y concordantes de la Constitución provincial y en la Ley 9.283, que regula los procesos de enjuiciamiento de magistrados y funcionarios judiciales.
Tras repasar los antecedentes de García en el Poder Judicial y de mencionar que ejerce como procurador desde 2006, Reggiardo pasó a enumerar una decena de supuestas causales.
En primer término, el letrado acusó a García de falta de idoneidad en razón de su ingreso al Poder Judicial en 1979 con el cargo de secretario. Fue en los años calientes de las violaciones a los derechos humanos y obviamente jurando y coincidiendo con el proceso militar, marcó Reggiardo para luego argumentar que ello de por sí es suficiente para determinar la destitución.
Más adelante, el abogado aludió al incumplimiento en el deber de acusar y citó el proceso de jurado de enjuiciamiento tras el cual resultó absuelto el juez de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Gualeguaychú, Carlos Rossi, acusado por disponer la libertad condicional de Sebastián Wagner, luego condenado por el crimen de la estudiante uruguayense Micaela García.
En otros puntos, Reggiardo señaló al procurador por denegatoria al derecho constitucional a la información pública en relación a designaciones efectuadas desde el organismo que conduce García. Conectado con este último punto, el letrado expuso el supuesto pago de honorarios con dineros públicos en calidad de quinto cargo, a raíz de una erogación de 18.900 pesos por parte de la Tesorería General del Poder Judicial para impedir que prosperara un embargo contra el procurador.
Más adelante, el abogado refirió como otra causal la designación de fiscales auxiliares sin concurso previo y luego expone un séptimo cargo de tráfico y abuso de influencias, punto en el cual alude al nombramiento de un profesional que sería familiar de García.
El octavo cargo es la omisión e incumplimiento de la orden judicial de investigar en relación a los funcionarios policiales que resultaron condenados por el delito de sedición por hechos ocurridos en Concordia a fines de 2013.
Luego, Reggiardo hizo alusión a la vinculación con los medios de comunicación del jefe de los fiscales y lo acusa de motorizar operaciones de prensa.
Ha propiciado y ejecutado a través de los medios de comunicación amigos actos de publicidad de las causas judiciales de mayor trascendencia en la vida religiosa y política de nuestra provincia, filtrando a través de sus operadores judiciales información sensible en aras de ir creando una conciencia errónea, de culpabilidad y condenatoria contra los sujetos sometidos a proceso judicial, expuso Reggiardo, antes de mencionar algunas causas resonantes de los últimos tiempos.
Por último, Reggiardo hizo alusión a la supuesta influencia confesa de García en la Cámara de Casación Penal de Paraná, integrada por Marcela Davite de Acuña, Hugo Perotti y Marcela Badano.
La presente denuncia cuenta con profusos cargos y elementos de prueba indiciarios de cada uno de los mismo para que este Jurado de Enjuiciamiento decrete prima facie la apertura de causa, suspenda a Jorge Amílcar García en sus funciones, produzca la prueba y finalmente en su día y hora resuelva su destitución, pidió Reggiardo en noviembre.
Cabe recordar que Reggiardo es el mismo letrado que formuló oportunamente el planteo que terminó motivando un proceso de juicio político contra el ex vocal del STJ Carlos Chiara Díaz, quien terminó renunciando. Según fuentes consultadas por este medio, la presentación estaría siendo motorizada por dirigentes políticos vinculados al urribarrismo, hoy involucrados en diversas causas por presuntos hechos de corrupción. No obstante, se señaló que no está dada la misma correlación de fuerzas del momento en que se denunció a Chiara Díaz, dado que el ex gobernador, si bien de momento conserva la presidencia del cuerpo, cuenta con escaso respaldo político.