Milei y Caputo le quitan por decreto más de 30 puntos a los ingresos de los jubilados

El Gobierno elude al debate en el Congreso. Los jubilados son la más importante variable de ajuste de reducción del gasto público en el gobierno de Milei

El Gobierno elude al debate en el Congreso. Los jubilados son la más importante variable de ajuste de reducción del gasto público en el gobierno de Milei

El gobierno de Javier Milei concretó el asalto a los ingresos de los jubilados vía un decreto de necesidad y urgencia difundido anoche. Para eludir el aumento correspondiente con la fórmula jubilatoria consagrada por ley, que implicaría un alza superior a la prevista en la lógica de ajuste fiscal del ministro de Economía, Luis Caputo, dispuso que los haberes a cobrar en abril suban según la evolución del índice de precios al consumidor correspondiente a marzo más el 12,5 por ciento de compensación. De esta forma, los jubilados perderán casi 33 puntos de la inflación del bimestre enero-febrero.

Así avanzó en una reforma de jubilaciones por DNU, que implica aumentos mensuales atados al índice de Precios al Consumidor (IPC). El anuncio, que fue realizado por la cuenta de la Oficina del Presidente de la República Argentina en la red social X, se da en medio del debate de 16 proyectos de sistema previsional en la Cámara de Diputados.

En su comunicado, el Gobierno justifica que “debido a la imposibilidad de resolver el problema de los haberes jubilatorios mediante el tratamiento legislativo ordinario con la celeridad que el asunto requiere, y frente a la licuación ocasionada por la fórmula previsional sancionada por la anterior administración, el Presidente de la Nación ha decidido firmar un Decreto de Necesidad y Urgencia para establecer una nueva fórmula jubilatoria y solucionar el problema de una vez y de manera definitiva”.

Especialistas previsionales ya habían adelantado que esta manera de resolver la cuestión jubilatoria derivará en una catarata de litigios en el ámbito judicial por el evidente perjuicio a un sector social vulnerable, además de modificar con un DNU lo dispuesto por una ley, consignó el diario Página/12.

El comunicado de la Presidencia indica que “desde el mes de abril los jubilados argentinos cobrarán con aumentos mensuales de acuerdo al índice de Precios al Consumidor, sumado a un incremento adicional único del 12,5% para ese mes, en concepto de reparación por el daño ocasionado por la fórmula previsional del gobierno anterior”.

Para agregar: “El compromiso del Gobierno Nacional es ejecutar una reforma previsional integral que le otorgue sustentabilidad al sistema e introduzca mecanismos de ahorro privado. La misma deberá ser trabajada en conjunto con una reforma laboral dado que ambas cuestiones se encuentran interrelacionadas”. Finalmente, el comunicado sostiene que “el Presidente espera que estos temas puedan ser abordados de cara al Pacto de Mayo, tal cual anunció en su discurso del 1° de marzo durante la Apertura de Sesiones Ordinarias del Congreso de la Nación”.

Lo cierto es que Milei y Caputo arremeten contra los ingresos de los jubilados por dos motivos centrales:

1) La oposición firme y la amigable no estaban dispuestos a avalar la impresionante poda a las jubilaciones y, por lo tanto, estaban diseñando diferentes fórmulas de actualizaciones para preservar el ingreso de los haberes.

2) El asalto a las jubilaciones tiene el objetivo de conseguir de este modo el torniquete fiscal necesario para el equilibrio de las cuentas públicas. O sea, como diría el Presidente Milei, los jubilados son la más importante variable de ajuste de reducción del gasto público, destacó el diario Página/12.

Las jubilaciones era uno de los temas más discutidos de la agenda parlamentaria. La existencia de proyectos de reforma previsional que se acumularon en el último mes explicitan el consenso que existía en el Parlamento de avanzar con una propuesta que permita recomponer el ingreso de los jubilados. El Gobierno elude el debate democrático en el Congreso y avanzó con un DNU de controvertida constitucionalidad.

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Por Liliana Herrero (*)  
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